Aval en primer debate a ley que obliga a bancos a devolver dinero por estafas

a Asamblea Legislativa de Costa Rica dio un paso decisivo en la lucha contra las estafas electrónicas. Con 15 votos a favor, la Comisión con Potestad Legislativa Plena III aprobó en primer debate el expediente 23.908, denominado “Ley de Protección a las Personas Consumidoras de su Dinero”, una iniciativa que obligará a las entidades financieras a responder por los fondos sustraídos mediante fraude.

El proyecto, presentado por el diputado Óscar Izquierdo, del Partido Liberación Nacional, establece un marco de responsabilidad objetiva para bancos públicos y privados, lo que implica que deberán asumir los daños ocasionados por la sustracción o inadecuada custodia de dinero, independientemente de que exista o no culpa directa.

“Hoy dimos un paso fundamental para miles de personas que han vivido uno de los momentos más angustiosos de su vida: abrir su cuenta bancaria y descubrir que sus ahorros desaparecieron. No es solo una reforma legal. Es una respuesta humana ante una realidad que golpea a familias, trabajadoras y adultos mayores en todo el país”, afirmó Izquierdo tras la votación.

Inversión de la carga de la prueba

Uno de los cambios más relevantes del texto es la inversión de la carga de la prueba a favor del consumidor. Esto significa que, en procesos administrativos o judiciales, serán las entidades financieras las que deberán demostrar que sus sistemas de seguridad no fueron vulnerados y que cumplen con los controles exigidos por la Superintendencia General de Entidades Financieras (SUGEF).

La iniciativa también crea un procedimiento formal de reclamo con plazos estrictos: las entidades tendrán 30 días naturales para resolver las denuncias, deberán contar con canales de atención disponibles las 24 horas y estarán obligadas a implementar protocolos de emergencia para víctimas de estafa.

En caso de incumplimiento, se contemplan mecanismos de resarcimiento como la devolución automática de los fondos si no hay resolución en un plazo de 120 días, compensaciones por atrasos y la restitución de intereses cobrados tras el fraude.

Ajustes y exclusiones

Durante la discusión en comisión se aprobaron mociones que modificaron el texto original. Entre ellas, la eliminación de un artículo transitorio que obligaba a reintegrar montos a víctimas que hubieran presentado reclamos antes de la entrada en vigencia de la ley.

El proyecto aclara que las entidades deberán devolver los recursos cuando existan pruebas suficientes del carácter ilegítimo de la transacción, pero no serán responsables en casos de “auto estafa”, figura que contempla situaciones de fraude simulado por parte del propio usuario.

Asimismo, se descartó que la SUGEF supervise directamente el protocolo de emergencia que deberán implementar los bancos. No obstante, las entidades sí estarán obligadas a reportar a la Superintendencia las cuentas y titulares identificados como receptores de fondos provenientes de fraudes electrónicos.

La normativa también endurece las sanciones al establecer penas de prisión por autofraude y exigir a la SUGEF la actualización anual de las normas de seguridad cibernética.

Reacciones del sector bancario

La Asociación Bancaria Costarricense (ABC) se pronunció desde setiembre de 2025 sobre la iniciativa. En un comunicado oficial, la organización sostuvo que cualquier marco normativo debe mantener un equilibrio entre derechos y deberes de todas las partes involucradas.

Rodrigo Cubero, asesor económico de la ABC, señaló que las estafas bancarias son un fenómeno del crimen organizado que requiere un frente común y advirtió que una regulación desbalanceada podría afectar el acceso a servicios financieros.

Por su parte, Mario Gómez, asesor jurídico de la entidad, insistió en que en la mayoría de los casos los sistemas bancarios no son vulnerados, sino que los usuarios son engañados por delincuentes, por lo que consideró clave reforzar la educación financiera y digital.

Contexto y próximos pasos

Costa Rica registró 13.000 casos de estafas informáticas durante el 2025, una cifra que ha encendido las alarmas sobre la protección de los ahorros de los ciudadanos.

Tras la aprobación en primer debate, el expediente 23.908 deberá someterse a una segunda y última votación en la Comisión Plena III el próximo 4 de marzo. De recibir el respaldo final, se convertirá en ley de la República, marcando un cambio significativo en la responsabilidad de las entidades financieras frente al creciente fenómeno de las estafas electrónicas.

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Diputados del PUSC reducen responsabilidades de bancos en proyecto de ley contra estafas informáticas

Un giro inesperado tomó el proyecto de ley que busca proteger a los usuarios frente a las estafas informáticas en Costa Rica. La iniciativa, tramitada bajo el expediente N.° 23.908, sufrió cambios impulsados por la fracción del Partido Unidad Social Cristiana (PUSC), lo que derivó en una reducción de las obligaciones que debían asumir las entidades financieras.

Entre las modificaciones más significativas se eliminó un transitorio que obligaba a los bancos a devolver el dinero a víctimas de estafa con reclamos administrativos previos a la entrada en vigencia de la ley. Además, el protocolo de emergencia y atención de casos ya no estará bajo supervisión constante de la Superintendencia General de Entidades Financieras (SUGEF), sino que pasará a ser aplicado directamente por el personal bancario.

En Santa Ana, al menos 3 personas han sido estafadas por medio de esta modalidad de estafas bancarias, la cual aún estan a la espera de recuperar sus dineros. Ellos forman parte del grupo que apoya este proyecto de ley denominado «Gente Estafada en los Bancos de Costa Rica».

El diputado Óscar Izquierdo, jefe de fracción del Partido Liberación Nacional (PLN) y principal impulsor del proyecto, criticó el giro tomado por la propuesta y adelantó que presentará un nuevo texto sustitutivo para devolverle su “sustento original”.

Principales cambios aprobados

  • Excepciones ampliadas de responsabilidad: Antes, los bancos solo quedaban libres de culpa si se comprobaba un “auto fraude” del cliente. Con el nuevo texto, también quedarán exentos si demuestran cumplir con estándares de ciberseguridad avalados por la SUGEF.
  • Alcance reducido: La responsabilidad se limita ahora a la sustracción de dinero de ahorros o cuentas, dejando por fuera otros servicios financieros y la custodia de datos personales.
  • Carga de la prueba debilitada: Se eliminó la inversión de la carga de la prueba que obligaba a las entidades a demostrar su inocencia en casos de fraude, limitando su aplicación únicamente al ámbito del Código Procesal Civil.
  • Sanciones menos severas: Las penas por fraudes simulados se unificaron en un rango de uno a tres años de prisión, eliminando las diferenciaciones según el monto defraudado.
  • Sin devolución retroactiva: Se suprimió la disposición que obligaba a los bancos a reintegrar dinero a víctimas con reclamos previos a la ley.
  • Menor control de la SUGEF: La supervisión de protocolos pasó de ser constante y con autorización previa, a una simple obligación de conocimiento y aplicación por parte del personal bancario.

Con estas modificaciones, los críticos advierten que la propuesta pierde fuerza en su objetivo de obligar a las entidades financieras a asumir un papel más activo en la protección de los clientes.

El debate sobre el texto sustitutivo continuará en la Asamblea Legislativa, donde se espera un pulso político entre las fracciones para definir el futuro de la iniciativa.

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